¿Se pueden tener dos seguros de vida? ¿es aplicable la pluralidad?

La vida humana no tiene valor, es incalculable.

Por suscripción, nada más, puede estimarse  en función de los ingresos que se obtienen durante la vida.

Es por ello que no le son aplicables a estos seguros las disposiciones sobre seguros patrimoniales, tales como sobre e infraseguro, pluralidad etc.

A los beneficiarios o herederos legales les corresponderá todos los seguros que una persona haya contratado o tenga derecho.

Si se tratara de un accidente laboral tendrán acceso a la indemnización correspondiente, más todos los seguros de vida  y los de accidentes y de viajero también.

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