¿El auto tiene que asegurarse a nombre de quien lo maneja o a nombre del titular registral?

En el seguro, no son los objetos los que se aseguran, sino el interés que se tiene sobre los mismos.

Debe ser económico, lícito y se denomina interés asegurable y en última instancia es mantener la integridad de esos bienes.

Por ello y por tratarse de un contrato debe asegurar quien tiene ese interés, que dicho sea, puede haber más de uno.

Por caso en transporte, el dueño de la mercadería y el transportista por su responsabilidad.

Dicha relación no necesariamente debe ser jurídica y en caso de bienes registrables, como el automotor, habrá que hacer trámites  en dicho Registro sino es el titular quien contrata.

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