Agravación del riesgo
Origen y Definición
Siempre posterior al inicio del contrato, es el paso de un minus a un plus, un desequilibrio en lo que se contrató, dando paso a un riesgo distinto y mayor.
Causa del asegurado (auto de uso particular a remise), o ajeno a su voluntad, (lindero construido peligroso), genera la obligación de denunciarlo.
A diferencia de la Reticencia provoca la posibilidad de rescindir por parte del asegurador y no la nulidad, por lo cual se tiende a la vivencia del contrato, aunque reajustado.
En vida, no es genérica sino específica, y debe constar que casos se consideran agravaciones (cambio de domicilio a una zona con mayor peligrosidad de enfermedades)
Es obvio, ya que la vida se trata de un riesgo agravado día a día por el paso del tiempo.
Etimología
Es acrecentar o aumentar el peso de algo.
El seguro, es una ayuda mutua, entre numerosas unidades económicas que deben estar sometidas a riesgos similares.
De ahí, que a tal riesgo tal aporte, debiendo de no mantenerse, efectuar el aviso al asegurador.
Curiosidades de la palabra
Tanto sea por decisión del asegurado o por causa ajena, la ley permite que eso ocurra, por lo que no se trata de un permiso para poder cambiar o la obligación de no hacerlo
Lo que se pide es la denuncia de la agravación.
Sinónimos
Asimilamos a:
Del latín AGGRAVATIO (agravado), también agravamiento, pena, circunstancias etc.